¿Qué ventajas y desventajas tiene una asociación que se declare de utilidad pública?

Noviembre 14th, 2006 by asesoria

Las principales ventajas de una asociación declarada de utilidad pública son de tipo fiscal, toda vez que puede acogerse al régimen fiscal más favorable establecido en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo: las desgravaciones fiscales que podrán disfrutar aquellas personas o entidades que os ayuden económicamente, con lo cual ser de Utilidad Pública es un incentivo para los donantes. Además de ser un "sello de garantía" que, de algún modo, avala vuestro buen hacer. Asímismo, y con matizaciones, se puede disfrutar de asistencia jurídica gratuita.

En cuanto a las desventajas, es evidente que el disfrute de esas ventajas fiscales conlleva una serie de obligaciones que no se exigen, o sólo en determinadas circunstancias a las demás asociaciones. Así, las entidades declaradas de utilidad pública vienen obligadas a rendir cuentas anuales dentro de los 6 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico, bien en modelo normal, bien en modelo abreviado. Y las asociaciones que las formulen en modelo normal vendrán obligadas a someter a auditoria las cuentas anuales. Además, vienen obligadas a facilitar los informes que les requieran las administracfiones públicas en relación con las actividades realizadas y los fines asociativos.

(Sacado de www.solucionesong.org, leer completo aquí)

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